Recuperando a los clásicos, que hoy en dia con los tiempos de crisis-estafa que recorre gran parte del mundo y sobre todo en lo mas cercano que nos atañe, la Unión Europea y sobre todo en España con el anuncio de nuevas reformas laborales, con la falaz escusa de que hay que acabar con la rigidez del sistema laboral con el supuesto fin benovolo de la creacion de puestos de trabajo que palié la grave situación de la crisis de la clase trabajadora. Lo "novedoso" nueva bajada de salarios y de abaratar el despido entre otras cosas que se nos pide. Este articulo de Engels vuelve a resurgir con todo el vigor que fue escrito en aquel lejano día del siglo XIX.
Enviado por la Organización de Kirov, del Partido Comunista de los Obreros de Rusia-Partido Comunista Revolucionario.
Este artículo fue publicado por Engels en 1881 en el periódico sindical británico "The Standard Trabajo". En
ella -en la forma más popular- examina el fenómeno de la explotación
capitalista y criticó la consigna de "justa" o, como se dice hoy, los
salarios "decentes".
Las
ideas de Karl Marx y Friedrich Engels tuvieron un tremendo impacto en
los movimientos internacionales de trabajadores de los siglos XIX-XX
siglos y continúan haciéndolo en la actualidad. La
crisis económica mundial hace ver con extraordinaria nitidez, la duda
de la viabilidad del sistema capitalista y las formas alternativas de
desarrollo de la humanidad. La herencia
marxista, sin embargo, anunciaron recientemente ideólogos liberales
como "obsoleto" el artículo, recuperando una realidad que les quema.
Un salario justo por una jornada justa
"Un
salario justo por una jornada justa", ha sido la consigna del
movimiento obrero inglés en los últimos cincuenta años. Esta consigna
prestó un buen servicio en el período de ascenso de las tradeuniones,
después de que en 1824 fueron abolidas las odiosas leyes de asociación*;
aún prestó un servicio mejor en el período del glorioso movimiento
cartista, cuando los obreros ingleses iban a la cabeza de la clase
obrera en Europa. Pero los tiempos cambian, y mucho de lo que era
deseable y necesario hace cincuenta años, incluso hace treinta años, es
ahora anticuado y estaría por completo fuera de lugar. ¿ No es también
ésta la suerte de esa vieja y desde hace tanto tiempo apreciada
consigna?
¿Un salario justo por una jornada justa? Pero ¿qué es un salario justo y una jornada justa? ¿Cómo lo determinan las leyes bajo la acción de las cuales vive y se desarrolla la sociedad moderna? Para responder a esta pregunta no debemos acudir a la ciencia de la moral o del derecho y la equidad, ni tampoco a móviles sentimentales de humanitarismo, de justicia o si quiera de caridad. Lo que para la moral o inclusive para el derecho es justo, puede hallarse muy lejos de serlo en el aspecto social. La justicia o la injusticia social vienen determinadas únicamente por una ciencia, por la ciencia que trata de los hechos materiales de la producción y el cambio, la ciencia de la Economía política.
¿Qué es, pues, lo que la Economía política denomina salario justo y jornada justa? Simplemente, la cuantía del salario y la duración e intensidad de la jornada a que se llega como resultado de la competencia entre patronos y obreros en el mercado libre. ¿Qué son, pues, si partimos de esa definición?
Salario justo, en condiciones normales, es la suma precisa para asegurar al obrero los medios de subsistencia necesarios, de conformidad con el nivel de vida dentro de su situación y la del país, para conservar su capacidad de trabajo y para propagar su especie. La cuantía real del salario, atendidas las fluctuaciones de la producción, puede oscilar por encima o por debajo de esta suma; pero, en condiciones normales, dicha suma debe ser la resultante media de todas las oscilaciones.
Jornada justa es aquella que por su duración e intensidad no priva al obrero, a pesar de haber gastado por completo en ese día su fuerza de trabajo, de la capacidad de realizar la misma cantidad de trabajo al día siguiente y en los sucesivos.
La transacción, pues, es así: el obrero entrega al capitalista toda su fuerza de trabajo diaria, es decir, la cantidad que puede dar sin hacer imposible la constante repetición de la transacción. A cambio de ello recibe los objetos justamente necesarios, y no más, para la vida, lo que necesita para que la transacción pueda renovarse un día tras otro. El obrero da tanto y el capitalista da tan poco como la naturaleza de la transacción admite. Tal es esta peculiarísima justicia.
Pero examinemos el asunto algo más a fondo. Considerando que, según los economistas, el salario y la jornada los determina la competencia, la justicia parece exigir que ambas partes sean puestas, desde el principio mismo, en igualdad de condiciones. Pero no sucede así. Si el capitalista no ha podido entenderse con el obrero, se encuentra en condiciones de esperar, viviendo de su capital. El obrero no. No tiene otros medios de vida más que su salario, y por eso se ve obligado a aceptar el trabajo en el tiempo, el lugar y las condiciones en que lo pueda conseguir. Desde el principio mismo, el obrero se encuentra en condiciones desfavorables. El hambre lo coloca en una situación terriblemente desigual.
Pero, según la Economía política de la clase capitalista, esto es el colmo de la justicia.
Pero esto no es aún sino simples minucias. El empleo de la fuerza mecánica y de las máquinas en las nuevas industrias, así como la extensión y el perfeccionamiento de las máquinas en las industrias en las que ya se empleaban, quitan trabajo a un número mayor y mayor de “brazos”; y esto ocurre mucho más de prisa que los ”brazos” desplazados puedan ser absorbidos y encontrar empleo en las fábricas del país. Estos “brazos” desplazados forman un verdadero ejército industrial de reserva, del que se aprovecha el capital. Si los asuntos de la industria van mal, pueden morirse de hambre, pedir limosna, robar o dirigirse a la casa de trabajo; si los asuntos de la industria van bien, siempre están a mano para ampliar la producción; y mientras el último hombre, mujer o niño de este ejército de reserva no encuentre trabajo –lo que ocurre sólo en los períodos de frenética superproducción- , su competencia hará descender el salario y su sola existencia vigorizará la fuerza del capital en su lucha contra el trabajo. En la emulación con el capital, el trabajo no se encuentra únicamente en condiciones desfavorables, sino que debe arrastrar una bala de cañón sujeta al pie. Más eso es lo justo según la economía política de los capitalistas.
Examinemos, sin embargo, de qué fondo paga el capital este salario tan justo. Del capital, se entiende. Pero el capital no produce valor. Quitando la tierra, el trabajo es la única fuente de riqueza; el capital no es otra cosa que producto acumulado de trabajo. Por tanto, el trabajo se paga con trabajo, y el obrero es pagado con su propio producto. Según lo que podemos denominar justicia común, el salario del obrero debe corresponder al producto de su trabajo. Pero, según la Economía política, esto no sería justo. Al contrario, el producto del trabajo del obrero se lo queda el capitalista, y el obrero no recibe de él más de lo estrictamente necesario para la vida. Así, como resultado de esta competición tan desusadamente “justa”, el producto del trabajo de quienes trabajan se va acumulando inevitablemente en las manos de quienes no trabajan, convirtiéndose en una potentísima arma para la esclavización de los mismos que lo produjeron.
¡Un salario justo por una jornada justa! Mucho podría decirse también de la jornada justa, cuya justicia es igual punto por punto a la justicia del salario. Pero habremos de dejarlo para otra ocasión. De lo dicho queda completamente claro que la vieja consigna ha cumplido su misión y que es difícil que se mantenga en nuestros días. La justicia de la Economía política, en la medida en que ésta última formula acertadamente las leyes que dirigen la sociedad moderna, se halla toda a un lado: al lado del capital.
Así, pues, enterremos para siempre la vieja consigna y sustituyámosla por otra:
LOS MEDIOS DE TRABAJO, MATERIAS PRIMAS, FABRICAS, Y MAQUINAS, DEBEN PERTENECER A LOS OBREROS MISMOS.
* - Se refiere a la abolición del parlamento en 1824 las leyes contra las coaliciones que prohíben la creación y el funcionamiento de cualquier tipo organizaciones laborales. Sin embargo, aprobó en 1825 una ley sobre los sindicatos, o la ley de las coaliciones de trabajo, actividades muy limitadas de los sindicatos. En particular, una campaña sencilla para el ingreso de los trabajadores en la unión y la participación en huelgas era visto como "coacción" y "violencia" y se castiga como un delito penal.
¿Un salario justo por una jornada justa? Pero ¿qué es un salario justo y una jornada justa? ¿Cómo lo determinan las leyes bajo la acción de las cuales vive y se desarrolla la sociedad moderna? Para responder a esta pregunta no debemos acudir a la ciencia de la moral o del derecho y la equidad, ni tampoco a móviles sentimentales de humanitarismo, de justicia o si quiera de caridad. Lo que para la moral o inclusive para el derecho es justo, puede hallarse muy lejos de serlo en el aspecto social. La justicia o la injusticia social vienen determinadas únicamente por una ciencia, por la ciencia que trata de los hechos materiales de la producción y el cambio, la ciencia de la Economía política.
¿Qué es, pues, lo que la Economía política denomina salario justo y jornada justa? Simplemente, la cuantía del salario y la duración e intensidad de la jornada a que se llega como resultado de la competencia entre patronos y obreros en el mercado libre. ¿Qué son, pues, si partimos de esa definición?
Salario justo, en condiciones normales, es la suma precisa para asegurar al obrero los medios de subsistencia necesarios, de conformidad con el nivel de vida dentro de su situación y la del país, para conservar su capacidad de trabajo y para propagar su especie. La cuantía real del salario, atendidas las fluctuaciones de la producción, puede oscilar por encima o por debajo de esta suma; pero, en condiciones normales, dicha suma debe ser la resultante media de todas las oscilaciones.
Jornada justa es aquella que por su duración e intensidad no priva al obrero, a pesar de haber gastado por completo en ese día su fuerza de trabajo, de la capacidad de realizar la misma cantidad de trabajo al día siguiente y en los sucesivos.
La transacción, pues, es así: el obrero entrega al capitalista toda su fuerza de trabajo diaria, es decir, la cantidad que puede dar sin hacer imposible la constante repetición de la transacción. A cambio de ello recibe los objetos justamente necesarios, y no más, para la vida, lo que necesita para que la transacción pueda renovarse un día tras otro. El obrero da tanto y el capitalista da tan poco como la naturaleza de la transacción admite. Tal es esta peculiarísima justicia.
Pero examinemos el asunto algo más a fondo. Considerando que, según los economistas, el salario y la jornada los determina la competencia, la justicia parece exigir que ambas partes sean puestas, desde el principio mismo, en igualdad de condiciones. Pero no sucede así. Si el capitalista no ha podido entenderse con el obrero, se encuentra en condiciones de esperar, viviendo de su capital. El obrero no. No tiene otros medios de vida más que su salario, y por eso se ve obligado a aceptar el trabajo en el tiempo, el lugar y las condiciones en que lo pueda conseguir. Desde el principio mismo, el obrero se encuentra en condiciones desfavorables. El hambre lo coloca en una situación terriblemente desigual.
Pero, según la Economía política de la clase capitalista, esto es el colmo de la justicia.
Pero esto no es aún sino simples minucias. El empleo de la fuerza mecánica y de las máquinas en las nuevas industrias, así como la extensión y el perfeccionamiento de las máquinas en las industrias en las que ya se empleaban, quitan trabajo a un número mayor y mayor de “brazos”; y esto ocurre mucho más de prisa que los ”brazos” desplazados puedan ser absorbidos y encontrar empleo en las fábricas del país. Estos “brazos” desplazados forman un verdadero ejército industrial de reserva, del que se aprovecha el capital. Si los asuntos de la industria van mal, pueden morirse de hambre, pedir limosna, robar o dirigirse a la casa de trabajo; si los asuntos de la industria van bien, siempre están a mano para ampliar la producción; y mientras el último hombre, mujer o niño de este ejército de reserva no encuentre trabajo –lo que ocurre sólo en los períodos de frenética superproducción- , su competencia hará descender el salario y su sola existencia vigorizará la fuerza del capital en su lucha contra el trabajo. En la emulación con el capital, el trabajo no se encuentra únicamente en condiciones desfavorables, sino que debe arrastrar una bala de cañón sujeta al pie. Más eso es lo justo según la economía política de los capitalistas.
Examinemos, sin embargo, de qué fondo paga el capital este salario tan justo. Del capital, se entiende. Pero el capital no produce valor. Quitando la tierra, el trabajo es la única fuente de riqueza; el capital no es otra cosa que producto acumulado de trabajo. Por tanto, el trabajo se paga con trabajo, y el obrero es pagado con su propio producto. Según lo que podemos denominar justicia común, el salario del obrero debe corresponder al producto de su trabajo. Pero, según la Economía política, esto no sería justo. Al contrario, el producto del trabajo del obrero se lo queda el capitalista, y el obrero no recibe de él más de lo estrictamente necesario para la vida. Así, como resultado de esta competición tan desusadamente “justa”, el producto del trabajo de quienes trabajan se va acumulando inevitablemente en las manos de quienes no trabajan, convirtiéndose en una potentísima arma para la esclavización de los mismos que lo produjeron.
¡Un salario justo por una jornada justa! Mucho podría decirse también de la jornada justa, cuya justicia es igual punto por punto a la justicia del salario. Pero habremos de dejarlo para otra ocasión. De lo dicho queda completamente claro que la vieja consigna ha cumplido su misión y que es difícil que se mantenga en nuestros días. La justicia de la Economía política, en la medida en que ésta última formula acertadamente las leyes que dirigen la sociedad moderna, se halla toda a un lado: al lado del capital.
Así, pues, enterremos para siempre la vieja consigna y sustituyámosla por otra:
LOS MEDIOS DE TRABAJO, MATERIAS PRIMAS, FABRICAS, Y MAQUINAS, DEBEN PERTENECER A LOS OBREROS MISMOS.
* - Se refiere a la abolición del parlamento en 1824 las leyes contra las coaliciones que prohíben la creación y el funcionamiento de cualquier tipo organizaciones laborales. Sin embargo, aprobó en 1825 una ley sobre los sindicatos, o la ley de las coaliciones de trabajo, actividades muy limitadas de los sindicatos. En particular, una campaña sencilla para el ingreso de los trabajadores en la unión y la participación en huelgas era visto como "coacción" y "violencia" y se castiga como un delito penal.
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